Limpieza y vallado de solares cover art

Limpieza y vallado de solares

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Se hace saber: Primero. Quedan obligados a cumplir lo dispuesto en la ordenanza, los terrenos clasificados como Suelo Urbano en el término municipal de Candeleda, de conformidad con las Normas Urbanísticas Municipales, quedando sujeta a ella todos los solares de Candeleda y El Raso. Segundo. Con carácter general, y antes del día 1 de junio de cada año, todos los terrenos urbanos y fincas próximas, deberán estar perfectamente limpios y desbrozados, para evitar el alto riesgo de incendio por la concurrencia de vegetación seca y altas temperaturas. Tercero. Habiendo transcurrido los dos años previstos en la disposición final, se recuerda que es obligatorio el vallado de solares, cumpliendo tanto los requisitos que se especifican en la citada ordenanza, como en las Normas Urbanísticas Municipales. Cuarto. Solicito la colaboración de todos los propietarios para que cumplan con esta obligación cívica, al objeto de garantizar la seguridad de las personas y los bienes, así como de evitar el inicio de un procedimiento sancionador, que según la infracción pueden ser desde 150 hasta 3.000 euros , con orden de ejecución a costa de los propietarios. Firmado: El Alcalde de Candeleda y El Raso Carlos Montesino Garro
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